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Economía - (iProfesional.com) Jubilación de las amas de casa: los requisitos para jubilarse sin aportes
La moratoria para poder recibir una jubilación sin contar con los 30 años de aportes requeridos al sistema de seguridad social, sigue vigente hasta 2022.
En junio de 2019 el gobierno nacional prorrogó por tres años la moratoria a la que pueden acogerse las amas de casa y mujeres que hayan trabajado de manera informal para jubilarse sin aportes.
Oficializó esa prórroga en la resolución 158/2019 de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES). La posibilidad de esta extensión estaba contemplada en la ley de Reparación Histórica 27.260, que en su artículo 22 disponía que la moratoria duraría tres años y que el Poder Ejecutivo podía extender el beneficio por tres años más
La mencionada moratoria previsional es para mujeres de entre 60 y 65 años, y por eso alcanza prácticamente al universo de amas de casa, aunque también pueden aprovecharla aquellas trabajadoras que, por haber estado en negro o haber sido empleadas formales una parte de su vida, no hayan completado los treinta años de aportes que se necesitan oficialmente para aplicar a la jubilación.
En estos casos, la moratoria incluye un plan de pagos de hasta 60 cuotas, que se descuentan de la jubilación.
Aunque también vale la pena advertir que, al prorrogar esta oportunidad el gobierno nacional hizo algunos cambios que volvieron más difícil que alguna de las aplicantes resulte beneficiada.
Cómo pueden jubilarse las amas de casa sin aportes
La moratoria está destinada a mujeres nacidas a partir de 1955 que tenían 18 años en 1973 y, de entonces, aportaron al menos cuatro años hasta el 31 de diciembre de 2003.
De aquí se desprende que, para acceder a este régimen, las mujeres podrán regularizar hasta 26 o 27 años faltantes y contar al menos con 3 o 4 años de aportes posteriores a 2003, y así completar los 30 años requeridos. Cuanta mayor cantidad de meses de aportes anteriores y posteriores a 2003 hayan realizado, menores serán los años que necesitará justificar en la moratoria.
A este universo, al que le faltarían como máximo 26 años de aportes jubilatorios, se le permite "comprar aportes". Es decir, pagarlos a partir del momento en que se jubilan, con cuotas mensuales.
Para poder acceder a la moratoria, las mujeres deben superar un "análisis de vulnerabilidad socioeconómico" que efectúa la ANSES. El trámite es gratuito.
Sin embargo, en esta extensión definida en 2019 se determinó también que en la medida en que las mujeres que soliciten la jubilación como ama de casa deberán tener en su haber tres o cuatro años de aportes al sistema formal para acceder, haya menos personas que puedan calificar con todos los requisitos.
Es decir, la "trampa" está en que, a diferencia de lo que ocurría en la etapa anterior a 2019, ahora no se permite que mujeres sin aportes se jubilen.
Los requisitos para jubilarse sin aportes
Además de ser mayores de 60 años y llegar de la manera ya descripta a los 30 años de aportes, las amas de casa que deseen jubilarse deberán cumplir una serie de requisitos, de acuerdo a su condición registrada en Anses, para obtener el beneficio.
Quienes ya cuentan con la cantidad de años de aportes necesarios pueden iniciar el trámite para jubilarse hasta tres meses antes de cumplir con la edad requerida. El primer paso será revisar los aportes previsionales para cerciorarse de que estén registrados.
Eso puede realizarse desde la página web de la entidad, con la clave de seguridad social, y se visualiza ingresando a la propia cuenta en la solapa de Historia laboral.
Y en el caso de tener además aportes registrados en alguna caja previsional, lo conveniente es iniciar el trámite donde mayor cantidad de años se haya aportado.
En el caso de que haya aportes que no se encuentren registrados en el sistema, se deberá reunir documentación que compruebe los años de períodos trabajados dentro del régimen formal en ese período que aparece no ingresado. Por ejemplo, recibos de sueldo en los que figure que el descuento correspondiente ha sido realizado. Certificaciones de servicios, comprobantes de afiliación a obra social y una Declaración Jurada que acredite los servicios son otras opciones.
Con esa documentación la persona puede presentarse en la agencia de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) más cercana a su domicilio, junto con el DNI y una fotocopia del mismo para solicitar la clave fiscal.
Luego deberán contactar a un profesional para que haga la liquidación mediante el SICAM (el Sistema de Información para Contribuyentes Autónomos y Monotributistas que comparten la AFIP y la Anses) y adherirse a la moratoria.
Vale la pena recordar que al momento e iniciar ese trámite se debe pagar la primera cuota de la moratoria al contado.
Por otra parte, para solicitar esta jubilación para las amas de casa que no cuentan con aportes, es también condición que el solicitante en el momento de pedir el beneficio no esté cobrando ningún tipo de plan social, ni pensión No contributiva ("PNC") ni jubilación nacional, provincial o municipal. En el caso de estar cobrando otro beneficio, deberán renunciar a seguir cobrándolo, para así poder acceder a esta jubilación.
Y con respecto a los pensionados por viudez, para que puedan obtener su jubilación de ama de casa, deberán pagar una moratoria de contado.
Otra opción
Fue en 2005, durante el gobierno de Néstor Kirchner en la Argentina, que las amas de casa del país pudieron recibir por primera vez la jubilación sin haber hecho aportes al sistema formal de seguridad social.
Se reconoció así el valor de las tareas de cuidado del hogar, los niños y los mayores que suelen realizar en mayor parte las mujeres en las familias, por las cuales no perciben ni salario ni beneficios, aunque son fundamentales para sostenimiento y el progreso de las sociedades.
Esta posibilidad de jubilarse sin aportes fue oficializada ese año en el decreto 1454 y se equipararon los haberes de las mujeres que se jubilan con esta categoría con el monto de un Salario Mínimo, Vital y Móvil.
Por otra parte, el Gobierno ofrece como opción para las personas sin aportes, acceder a la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) implementada a través de la Ley de Reparación Histórica.
Esta pensión rige a partir de los 65 años para ambos sexos, sin necesidad de ningún tipo de aportes pero con un beneficio del 80% del haber mínimo.
Para recibir esta pensión se requiere no recibir ningún otro tipo de prestación, como las pensiones por viudez.
Asimismo, recientemente también se determinó un cambio para que los beneficiarios de la PUAM no pudieran seguir trabajando para completar los 30 años obligatorios de aportes mientras reciben ese haber.
Fuente: iProfesional
Sábado, 2 de mayo de 2020
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