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Prorroga de vencimiento de AFIP El Organismo recaudador prorrogo la fecha de vencimiento de la facilidad de pagos Una buena noticia para todos los contribuyentes deudores de AFIP, ese acaba de prorrogar el vencimiento de presentacion y pagos hasta el dia 30 de junio de 2015 La AFIP emitió la Resolución General 3774 a través de la cual extenderá hasta el 30 de junio el plazo para adherir al plan de facilidades de pago y regularizar las deudas impositivas, aduaneras y de los Una muy buena noticia para los contribuyentes al prorrogarse el régimen de facilidad de pagos vigente. Esta medida la efectuo el titular de la AFIP, Ricardo Echegaray, y fue dada a conocer en la web del organismo y será publicada el próximo lunes en el Boletín Oficial.
Segun AFIP esta iniciativa se fundó en que "se observó que la medida resultó exitosa dada la amplia adhesión por parte de los contribuyentes y responsables".
Por su otra parte se menciona que "en el marco de los Consejos Consultivos se manifestó que las dificultades propias de los contribuyentes, en muchos casos, no permitieron que los mismos hubieran finalizado las tareas previas a la adhesión, lo que impide que la misma se efectúe dentro de los plazos previstos".
Esta resolución la dicta el Administrador Federal en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 32 de la Ley 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones y por el Artículo 7 del Decreto 618 del 10 de julio de 1997.
El presente régimen permite cancelar la deuda en 120 cuotas con una tasa de interés de 1,90% partiendo de una cuota de 500 pesos y, en el caso de los monotributistas, de 150 pesos. Fuente AFIP, Telam y PropiasLa AFIP emitió la Resolución General 3774 a través de la cual extenderá hasta el 30 de junio el plazo para adherir al plan de facilidades de pago y regularizar las deudas impositivas, aduaneras y de los Una muy buena noticia para los contribuyentes al prorrogarse el régimen de facilidad de pagos vigente. Esta medida la efectuo el titular de la AFIP, Ricardo Echegaray, y fue dada a conocer en la web del organismo y será publicada el próximo lunes en el Boletín Oficial.
Segun AFIP esta iniciativa se fundó en que "se observó que la medida resultó exitosa dada la amplia adhesión por parte de los contribuyentes y responsables".
Por su otra parte se menciona que "en el marco de los Consejos Consultivos se manifestó que las dificultades propias de los contribuyentes, en muchos casos, no permitieron que los mismos hubieran finalizado las tareas previas a la adhesión, lo que impide que la misma se efectúe dentro de los plazos previstos".
Esta resolución la dicta el Administrador Federal en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 32 de la Ley 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones y por el Artículo 7 del Decreto 618 del 10 de julio de 1997.
El presente régimen permite cancelar la deuda en 120 cuotas con una tasa de interés de 1,90% partiendo de una cuota de 500 pesos y, en el caso de los monotributistas, de 150 pesos. Fuente AFIP, Telam y Propias
Domingo, 31 de mayo de 2015
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