Impuestos ARCA: el monto de $390.000 que los monotributistas deberán pagar antes del 20 de octubre  El ARCA anunció que quienes estén inscriptos en el Régimen Simplificado deberán realizar el pago correspondiente este mes, según lo establecido. La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) informó una actualización de las cuotas para los trabajadores autónomos inscriptos en el monotributo, de acuerdo con su categoría. El ARCA anunció que quienes estén inscriptos en el Régimen Simplificado deberán realizar el pago correspondiente este mes, según lo establecido. La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) informó una actualización de las cuotas para los trabajadores autónomos inscriptos en el monotributo, de acuerdo con su categoría. Con este ajuste vigente desde mitad de año, los contribuyentes deberán realizar el pago correspondiente de $391.400,62 antes del 20 del mes, según lo establecido por el organismo recaudador.
Qué monotributistas deberán pagar $390.000 La ARCA aplicó en agosto una actualización del monotributo basada en el Índice de Precios al Consumidor (IPC), vigente hasta febrero de 2026, cuando se realizará un nuevo ajuste.
Los trabajadores del Régimen Simplificado en la categoría H deberán pagar $391.400,62 si prestan servicios, y $238.038,48 si comercializan bienes. El monto total incluye aportes al SIPA por $43.129,16 y a la obra social por $41.547,19, según lo establecido por el organismo fiscal.
Cuáles son las escalas vigentes del monotributo en octubre El último ajuste actualizó los límites que determinan cada categoría:
Categoría A: $ 8.992.597,87 Categoría B: $ 13.175.201,52 Categoría C: $ 18.473.166,15 Categoría D: $ 22.934.610,05 Categoría E: $ 26.977.793,60 Categoría F: $ 33.809.379,57 Categoría G: $ 40.431.835,35 Categoría H: $ 61.344.853,64 Categoría I: $ 68.664.410,05 Categoría J: $ 78.632.948,76 Categoría K: $ 94.805.682,90 ARCA definió los valores que deberán pagar los monotributistas en octubre, incluyendo el impuesto integrado, el aporte previsional y la obra social correspondientes al período fiscal vigente.
Categoría A: $ 37.085,74 (servicios y comercio de bienes) Categoría B: $ 42.216,41 (servicios y comercio de bienes) Categoría C: $ 49.435,58 (servicios) y $48.320,22 (comercio de bienes) Categoría D: $ 63.357,80 (servicios) y $61.824,18 (comercio de bienes) Categoría E: $ 89.714,31 (servicios) y $81.070,26 (comercio de bienes) Categoría F: $ 112.906,59 (servicios) y $97.291,54 (comercio de bienes) Categoría G: $ 172.457,38 (servicios) y $118.920,05 (comercio de bienes) Categoría H: $ 391.400,62 (servicios) y $238.038,48 (comercio de bienes) Categoría I: $ 721.650,46 (servicios) y $355.672,64 (comercio de bienes) Categoría J: $ 874.069,29 (servicios) y $434.895,92 (comercio de bienes) Categoría K: $ 1.208.890,60 (servicios) y $525.732,01 (comercio de bienes)
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Jueves, 16 de octubre de 2025
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