|
AFIP - (minutouno.com) AFIP habilitó créditos a tasa subsidiada para el pago de salarios de julio En línea con lo anunciado previamente por el Gobierno, esta medida estará disponible para aquellos empleadores cuya facturación haya variado entre 0% y 30%.
En línea con lo prometido previamente por el Gobierno, este martes la AFIP habilitó la posibilidad de que algunos empleadores puedan acceder a créditos subsidiados para el pago de salarios de julio.
La medida está enmarcada dentro del programa de Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP). Los préstamos estarán disponibles para aquellas empresas con una variación nominal de su facturación entre 0% y 30%.
Los préstamos estarán disponibles para aquellas empresas cuya facturación tuvo una variación de entre 0% y 30% en el último año y tendrán una tasa de interés fija; para las que percibieron una variación de hasta 10% en su facturación, la tasa será del 0%, para las que exhibieron un aumento de entre 10% y 20%, el costo del financiamiento será del 7,5%, mientras que para las que tuvieron un incremento de entre 20% y 30%, la tasa será del 15%.
Según AFIP, son más de 75.000 empresas las que están en condiciones de solicitar esta ayuda monetaria, que deberá ser destinada solamente a afrontar el pago de salarios. Por eso, el financiamiento se acreditará directamente en las CBU de cada una de las trabajadoras y trabajadores.
Los empleadores podrán solicitar un monto máximo equivalente a la sumatoria del 120% de un Salario Mínimo Vital y Móvil por cada trabajadora y trabajador que integre la nómina hasta el 31 de mayo.
Adicionalmente, AFIP aclaró que "en ningún caso, el monto del crédito podrá superar la sumatoria del salario neto de cada uno de las trabajadoras y trabajadores de la empresa solicitante correspondientes al mes de mayo de 2020". Por ejemplo, una empresa con 10 trabajadoras y trabajadores que cumpla con los criterios de elegibilidad podrá solicitar un máximo de hasta $202.500.
La normativa de la entidad que conduce Mercedes Marcó del Pont establece que las empresas contarán con un período de gracia de 3 meses de modo que el reembolso se realizará a partir del cuarto mes en 12 cuotas mensuales, iguales y consecutivas.
La medida está enmarcada dentro del programa de Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP), que incluye el pago de un salario complementario para aquellas empresas con caídas en su recaudación, y préstamos a tasa cero para trabajadores monotributistas y autónomos.
Fuente: Ambito
Miércoles, 12 de agosto de 2020
|
|
... |
|
Volver |
|
|
|
|