Economía - (iProfesional.com) La AFIP prorroga la feria fiscal hasta el 24 de mayo: qué implicancias tiene La medida alcanza a determinaciones de oficio, sumarios, multas, descargos, clausuras, intimaciones de pago y requerimientos de fiscalización, entre otros
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) anunció que se prorrogará la feria fiscal hasta el 24 de mayo, inclusive.
"Durante la vigencia del aislamiento social preventivo y obligatorio, extendido por el Gobierno nacional, se mantendrá la suspensión del cómputo de los plazos vigentes para los contribuyentes en distintos procedimientos administrativos. La medida alcanza a determinaciones de oficio, sumarios, multas, descargos, clausuras, intimaciones de pago y requerimientos de fiscalización, entre otros", indicaron desde el organismo.
Acto seguido, aclararon que la decisión no implica ninguna modificación ni prórroga sobre los vencimientos de impuestos.
"Una feria fiscal consiste en la extensión de todos los plazos procedimentales en materia impositiva, aduanera y de la seguridad social. A lo largo del período definido en la Resolución General N°4713/2020, que será publicada en el Boletín Oficial, no se suspenden las acciones de la AFIP", señalaron.
No obstante, durante su vigencia quedan en suspenso el cómputo de los plazos que rigen para la respuesta de los contribuyentes a los requerimientos del organismo.
"Si bien durante la feria fiscal se suspende la vigencia de los plazos procedimentales, la resolución habilita a la AFIP a continuar con los procedimientos de fiscalización que se realizan en función de la información proporcionada por la OCDE sobre cuentas de argentinos en el exterior. La normativa dispone la posibilidad de avanzar con esos procesos en virtud de que resultan de trascendencia institucional y comprometen el interés fiscal en el marco del actual contexto de emergencia", aclararon.
Ayuda para pagar sueldos: prórroga de AFIP
En paralelo, AFIP anunció la prórroga por una semana los vencimientos para la presentación y el pago de las declaraciones juradas determinativas de aportes y contribuciones con destino a la seguridad social.
"El nuevo cronograma establecido en la normativa busca facilitar el acceso a los beneficios previstos por el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción", informaron desde AFIP.
Las fechas para que los empleadores completen los formularios y cancelen las obligaciones serán los días 18, 19 y 20 de mayo de 2020, inclusive.
El organismo habilitó para estos trámites las herramientas informáticas que permiten a los empleadores imputar la reducción o postergación del componente SIPA de las contribuciones patronales correspondientes al período devengado abril.
El nuevo cronograma establecido en la normativa de la AFIP busca facilitar el acceso a los beneficios del ATP
Además, la AFIP dispuso la posibilidad de realizar una declaración rectificativa para aquellos empleadores que ya hubiesen realizado la presentación.
Así, tienen tiempo hasta el 31 de mayo para ingresar la rectificación. De esta forma, "el organismo garantiza el acceso a los beneficios", indicaron.
El Gobierno amplió el alcance del Programa ATP a 779 sectores de la economía, y cubrirá a través del Salario Complementario el sueldo de abril de dos millones de trabajadores.
Además, se modificó el criterio de facturación empleado para definir el acceso de una empresa a los beneficios del ATP, con lo cual también se ampliará el universo de compañías y trabajadores alcanzados.
Asimismo, se decidió que las empresas creadas este año accederán en forma directa al Programa, y se habilitó a las firmas con más 800 empleados que cumplan con los requisitos y las condiciones, acogerse a los beneficios del Salario Complementario.
A través de la decisión administrativa 721/2020 publicada en el Boletín Oficial, la Jefatura de Gabinete decidió adoptar las recomendaciones del Comité de Evaluación y Monitoreo del ATP, de extender el alcance de los beneficios del programa.
El Comité procedió a la reevaluación de sectores que no fueron incorporados en actas anteriores con el objeto de identificar actividades en las que se advierten caídas significativas en la facturación, en razón de la emergencia sanitaria a fin de ser beneficiarios del Programa.
Como consecuencia de este análisis se incorporaron al Programa 109 actividades, que elevaron de 660 a 779 el total, y así se alcanza a toda la industria y el comercio.
Fuente: iProfesional
Martes, 12 de mayo de 2020
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