Economía - (infobae.com) Calculadora para jubilados: ingresá tu último cobro y conocé cuánto vas a recibir con el aumento Con el importe de febrero, podrá conocerse cuánto se cobrará en cada caso y cuál es la diferencia con el esquema anterior. Todos los jubilados y pensionados que hayan cobrado más de $16.200 de haber bruto tendrán un recorte en relación a lo que hubiesen recibido con la ley de movilidad
Con la publicación del Decreto 163/2020 se oficializó el aumento para los jubilados y pensionados, beneficiarios de la Asignación Universival por Hijo (AUH), Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) y pensiones no contributivas en un 2,3% más una suma fija de $1.500. De esta forma, se reemplazó la fórmula de movilidad anterior —que había sido suspendida por la Ley de Emergencia— y por la que hubiese correspondido un aumento de 11,56% para todas las jubilaciones y pensiones, sin importar su monto.
Esta calculadora permite conocer cuánto se cobrará en marzo. Para ello, se debe ingresar el último haber bruto cobrado. Presionando en el botón “Calcular”, se podrá saber cuál es el haber, cuánto se hubiera cobrado con la ley anterior y las diferencias entre ambos. En los tres casos, la calculadora brindará la información en dinero y en porcentaje:
¿Quiénes serán beneficiados y quiénes serán perjudicados por el cambio? Según un análisis realizado por el estudio de abogados Alfredo A. Bernabei –quienes diseñaron la calculadora– para saber a quién favorece la fórmula del 2,3% + $1.500 se debe buscar cuál es el “haber de equilibrio” de febrero. Se trata de la jubilación que obtiene el mismo aumento al aplicar dos fórmulas (la fórmula de movilidad del Gobierno anterior y el incremento propuesto por el Gobierno actual).
Ese “haber de equilibrio” es de $16.200. En ese caso, si se le aplica el aumento por decreto establecido por el Gobierno da como resultado un haber para marzo de $18.072,60. ($16.200 más 2,3% más $1.500 de suma fija). Mientras que $16.200 más 11,56% —la fórmula anterior— también da como resultado $18.072,70. De esta forma, las jubilaciones que están por debajo de ese haber, se beneficiaron con el cambio. Y las que están por encima, se vieron perjudicadas.
Por el cambio de fórmula, la jubilación mínima —de $14.068— se beneficiará con una suba de $197 con respecto al aumento que hubiese tenido si se aplicaba el 11,56%. Pero los haberes máximos —de $103.064— se verán perjudicados con una baja de $8.044.
“Cualquier porcentaje de disminución no es valedero ni tolerable, la Corte ya hace años que determinó que no existe un porcentaje de confiscatoriedad admitida por el fallo Pellegrini Américo de 2006. Tampoco puede haber aplicación retroactiva de la ley, que es lo que aconteció con el empalme de la Ley Cristina con la Ley Macri (en diciembre de 2017), se deben respetar los derechos adquiridos”, argumentó Alfredo Bernabei, director jurídico del estudio. “Pero el argumento más importante es que la fórmula de movilidad de haberes debe respetar el principio de no regresividad de los derechos. La alteración de la fórmula nunca puede generar perjuicio”, agregó.
Por las diferencias que implica la aplicación de la nueva fórmula, que es temporal, el defensor de la Tercera Edad Eugenio Semino presentó la semana pasada una demanda colectiva para solicitar la inconstitucionalidad de la suspensión de la fórmula de movilidad jubilatoria. En el reclamo se solicitó además que se vuelva a utilizar la fórmula de movilidad anterior hasta que sea determinada una nueva, que la reemplace en forma definitiva. La demanda contó con el apoyo de unos 7.000 jubilados.
El principal argumento es que, al suspender la fórmula de movilidad y aplicar un aumento por decreto hubo un recorte de derechos. “Buscamos una rápida resolución para más de 2 millones de personas, los que cobran jubilaciones de $18.000 para arriba van a estar cobrando menos, no importa si es un 1%, más o menos, lo que hubo fue un recorte de derechos”, dijo Semino en diálogo con Infobae, minutos antes de la presentación. La demanda es patrocinada por el abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez.
Con la sanción de Ley de Solidaridad y Reactivación Productiva en el marco de la emergencia pública (Ley N° 27.541) en diciembre del año pasado se suspendió por seis meses la aplicación de la fórmula de movilidad para la actualización trimestral de las jubilaciones y pensiones, por la que correspondía una suba de 11,56% en marzo y una de 10,9% en junio.
Fuente: Infobae
Miércoles, 26 de febrero de 2020
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